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La conocida como «Ley de dependencia»

«LA LEY DE DEPENDENCIA»

¿Cómo iniciar los procedimientos de la Ley de dependencia en la Región de Murcia?

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia de España?

Lo primero que hay que saber es que para poder acceder a la ayuda económica vinculada al servicio residencial es imprescindible tener reconocido un grado de dependencia conforme a la Ley de Dependencia. No todas las personas valoradas pueden acceder al derecho de residencia: este servicio únicamente se reconoce a quienes obtienen un Grado II (dependencia severa) o un Grado III (gran dependencia).

La importancia de la escucha activa y un correcto asesoramiento

 Mi nombre es Katrina Frak y soy la Trabajadora Social de la Residencia Virgen del Carmen. Cada día, en las visitas de información que realizo, me encuentro con familias que se sienten muy perdidas y desinformadas respecto a los recursos que existen, y sobre todo que no saben por dónde empezar ni cómo iniciar las gestiones necesarias. Por ello, he querido preparar esta guía práctica en la que recojo los recursos básicos disponibles, los pasos a seguir y los tiempos de espera estimados, con la intención de que sirva de orientación y acompañamiento en un proceso que, aunque puede parecer complejo, es fundamental para acceder a las ayudas y servicios de dependencia en la Región de Murcia.

El reconocimiento del grado es la puerta de acceso a las prestaciones/servicios de la ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia

Es fundamental tener en cuenta que para poder obtener tanto una plaza pública como la ayuda económica es imprescindible tener reconocido el derecho. Si no existe un reconocimiento oficial de grado de dependencia, no hay derecho ni a la ayuda económica ni a una plaza pública. Además, conviene aclarar que los centros residenciales disponemos de plazas públicas, pero no somos nosotros quienes decidimos qué persona accede a ellas. Todas las plazas son gestionadas directamente por el IMAS, que es el organismo encargado de asignarlas en función del procedimiento administrativo y de la lista de espera.

La documentación a aportar

El procedimiento comienza con la presentación de la solicitud inicial. Para ello, es necesario reunir varios documentos:

  • un informe del médico de atención primaria (en el que debe indicarse expresamente que se emite para iniciar el procedimiento de la Ley de Dependencia).
  • Certificado de empadronamiento histórico que acredite haber residido al menos cinco años en territorio español de los cuales los dos últimos deben haber sido en la Región de Murcia.
  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante
  • Justificante del pago de la tasa T-172, correspondiente a la tramitación de la solicitud de reconocimiento del grado de dependencia, con un importe de 10 euros.

Una vez presentada la solicitud, el expediente se remite al equipo de valoración de dependencia, que debe comprobar personalmente la situación real de la persona solicitante. En el caso de que la valoración se realice en el domicilio, el usuario recibirá una notificación por correo ordinario con el día y la hora de la visita. Si, por el contrario, la valoración tiene lugar en un centro residencial, el equipo de valoración se pone directamente en contacto con un/a trabajador/a social  para coordinar la cita y asegurar que todo esté preparado para el día señalado. Es importante señalar que, en la actualidad, los tiempos de espera en la Región de Murcia para que se realice esta valoración son largos: ocho meses como mínimo desde la presentación de la solicitud.

Tras la visita del valorador, la administración emite una resolución en la que se reconoce el grado de dependencia. Junto con esta resolución, el usuario recibe una carta informativa en la que se detalla a qué servicios tiene derecho y cuál sería su aportación económica / copago. En ese momento la familia debe elegir la prestación más adecuada para la persona. En el caso de optar por el servicio de atención residencial, existen tres opciones de hacerlo:

– Toda la Región de Murcia (la opción más rápida, aunque engloba todas las residencias).

– Municipio de: Elegir el municipio, es importante saber que pueden especificar si quieren excluir algún centro en concreto.

–  Las residencias:  pueden seleccionar hasta 20 residencias específicas. En este último caso, conviene saber que el orden en el que se indiquen es indiferente: si una de ellas tiene plaza, será la que se adjudique, aunque esté en cuarto o quinto lugar de la lista.

En la misma solicitud se puede pedir la ayuda económica vinculada al servicio residencial.

 Esta prestación se concede mientras el usuario está a la espera de obtener una plaza pública y se extingue en el momento en que dicha plaza es adjudicada. La cuantía de la ayuda depende tanto del grado de dependencia como de la capacidad económica y el patrimonio de la persona solicitante. Actualmente, los importes mínimos y máximos reconocidos son los siguientes que se encuentran recogidos en

Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. (2023, 18 de julio). Real Decreto 675/2023, de 18 de julio, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia. Boletín Oficial del Estado, 171, 104030-104036. https://www.boe.es/eli/es/rd/2023/07/18/675

 

El tiempo estimado para que esta ayuda sea reconocida suele rondar los seis meses, aunque es cierto que en la práctica estos plazos pueden alargarse.

Se trata de un proceso que requiere paciencia y bastante documentación, pero que puede suponer un gran apoyo para las familias. Desde la Residencia Virgen del Carmen acompañamos, asesoramos  y tramitamos a quienes necesitan iniciar este camino.

Tanto la solicitud inicial de grado de dependencia y reconocimiento del derecho a las prestaciones del Sistema. Modelo 7402, como la solicitud de servicios y/o prestaciones del Sistema de la Dependencia para personas mayores. Modelo 2423, pueden ser presentados directamente por la familia en cualquier registro de la Comunidad Autónoma de Murcia o en cualquier ventanilla única.